El Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, con el que se adapta la plusvalía municipal a la sentencia del Tribunal Constitucional entra en vigor este miércoles 10 de octubre.
Tras la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se reforma la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Esta modificación introduce un nuevo método de cálculo basado en la plusvalía real generada. Por tanto, en un sistema de opción, que solo resultará de aplicación en aquellos casos en los que el sujeto pasivo no haga uso del nuevo método de cálculo. Esto quiere decir que los ciudadanos podrán optar por calcular el importe por el resultado objetivo de multiplicar el valor catastral por nuevos coeficientes establecidos por el Gobierno o podrán decantarse por el cálculo a través de una ganancia real (diferencia entre el precio de venta y el de adquisición).
Por otro lado, determina la posibilidad de que los ayuntamientos corrijan a la baja la base imponible del Impuesto hasta en un 15 por ciento, de esta forma podrá quedar reflejada la realidad del ámbito inmobiliario en los municipios.
Para los casos donde, derivado del supuesto de no sujeción, no se determine cuota a pagar, se establece un mecanismo de comprobación para los Ayuntamientos. Por tanto, quedan facultados para establecer el sistema de autoliquidación por el sujeto pasivo.
Como novedad, el nuevo texto legal grava las plusvalías generadas en menos de un año.
Finalmente, cabe destacar que, esta nueva norma no tiene carácter retroactivo, por lo que no es posible aplicarla a ventas de viviendas o herencias de viviendas realizadas antes de su entrada en vigor.